Se aprobó en primer debate, en el Concejo de Bogotá, un Proyecto de Acuerdo, que busca implementar campañas de prevención con el fin de informar al ciudadano sobre los riesgos existentes de realizarse cirugías estéticas en lugares no autorizados por el Distrito Capital.
La iniciativa busca, primordialmente, disminuir los índices de mortalidad, frente a este flagelo que se ha presentado por la irresponsabilidad de personas inescrupulosas, que practican estas intervenciones, causando la muerte de las personas o dejándoles secuelas permanentes.
En Bogotá entre 2012 y 2014, el número de quejas por presuntas fallas en la calidad de la prestación de los servicios de salud estética y cirugía plástica, asciende a 300, bien sea por falta de idoneidad, resultados no esperados, procedimientos sin contar con requisitos de habilitación, y falta de campañas preventivas y educativas.
La iniciativa fue presentada por los concejales: Clara Lucía Sandoval, Nelly Patricia Mosquera, Lucy Jimena Toro Torre, Liliana de Diago, Sandra Jaramillo González y Lucía Bastidas Ubaté.
“El termino de cirugía plástica y cirujano plástico se ha desfigurado totalmente, por lo cual vemos hoy, la grave problemática que atraviesa la ciudad; es decir, médicos sin las debidas acreditaciones o especialidades realizando procedimientos en lugares ilegales que colocan en riesgo la vida de la personas”, argumentó la Concejal Clara Lucia Sandoval.
Este proyecto aprobado en primer debate, en la Comisión de Gobierno, busca generar una reglamentación para el Derecho de Petición en la ciudad, dando cumplimiento a los términos señalados en la Ley 1755 de 2015.
Según el autor, el concejal Jorge Durán Silva, con el proyecto se pretende: “(…) evitar abusos y ocultamiento de información por parte de las entidades públicas distritales y de los particulares, que no entregaban respuesta satisfactoria a los requerimientos que le formulaban los ciudadanos”.
El Proyecto de Acuerdo, en su artículo primero, determina que toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las entidades de la administración central, establecimientos públicos, empresas industriales y comerciales del Estado, Empresas Sociales del Estado y Sociedades de Economía Mixta en los términos señalados en la Ley 1755 de 2015, por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución completa y de fondo sobre la misma.
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